16/04/2014
LINEA DE FINANCIAMIENTO FONDER 2014
LINEAMIENTOS GENERALES FONDER 2014
PROYECTOS
1. Encuadre de Proyecto de Desarrollo Local o Regional
Deberá orientarse a apoyar el desarrollo de actividades productivas, mejorar las condiciones de producción, aumentar la eficiencia o la escala de los procesos o de sus canales de comercialización.
En resumen, financiar necesidades derivadas de aquellos que integren un eslabonamiento productivo o cadena de valor.
2. Usuarios
En líneas generales serán contemplados por FONDER aquellos solicitantes que no tengan deudas comerciales en el sistema (excluidos préstamos personales para consumo, hipotecarios para compra de vivienda y tarjeta de crédito según declaración jurada del cliente u otra comprobación que se estime pertinente).
4. Condiciones de Financiamiento
4.1 Monto, plazo y garantía: se adecuarán de acuerdo a las características de cada proyecto, en función del ciclo productivo y la capacidad de repago que surge del flujo de ingresos propio de la actividad.
En líneas generales: por montos de hasta $350.000.- y con plazos de hasta 5 años, puede aceptarse cesión de derechos creditorios presentes y futuros derivados del giro comercial del cliente, en la medida que de éste surja que cuenta con reconocida solvencia. Podrá considerarse un monto de crédito individual como máximo de $750.000 y un plazo para la cancelación total de hasta 10 años, siempre que las características y particularidades de la actividad y el proyecto así lo requirieran.
Se requerirá la garantía solidaria del Consejo de Administración en caso de tratarse de cooperativas y de los miembros de sociedades jurídicamente organizadas.
Asimismo, cuando los perfiles de los potenciales beneficiarios sean vulnerables, deberá contar con un mecanismo de garantía a través de Organizaciones Intervinientes (ver punto 5), mediante la generación de fondos específicos de garantías, SGR, cesión de derechos: de fondos preexistentes, de recaudaciones habituales, cesión de facturación, etc.
4.2. Tasa de interés: 12.5% anual
4.3. Destino: Se podrá financiar:
1) Adquisición de bienes de capital, de origen nacional, nuevos o usados.
2) Adquisición de bienes de capital de origen extranjero, adquiridos en plaza ya nacionalizados, nuevos o usados.
3) Instalación y/o montaje y accesorios, requeridos para la puesta en marcha de los bienes de capital.
4) Otras inversiones en general (como ser construcciones, galpones, alambrados, mejoras, reproductores de cualquier especie, etc.).
5) Capital de trabajo incremental derivado de la inversión o el necesario para su evolución.
NO PODRÁ FINANCIARSE a través de este programa:
1) Como norma general, la compra de inmuebles rurales o de cualquier índole (campos, terrenos, yacimientos mineros).
2) Vehículos para el transporte de personas, salvo aquellos destinados a dinamizar y/o aumentar la productividad en el objeto principal del emprendimiento (por ej., para transporte público urbano, suburbano y de larga distancia).
3) Honorarios profesionales, salvo aquellos en que los servicios profesionales a financiar sean parte directa del desarrollo del proyecto (por ej., software) .
4) Deudas preexistentes.
4.5. Período de gracia de capital: 12 meses
INFORMES AL 0388-154718036